Según AFIP, a partir del 12 de Abril del 2022 inclusive, se actulizó el monto mínimo requerido para la emisión de Factura de Crédito Electrónica MiPymes.
¿Cuál es el monto mínimo para le emisión de la Factura de Crédito Electrónica?
A partir del mes corriente, entró en vigencia el monto mínimo actualizado para la emisión de dichos comprobantes.
El monto mínimo a partir del cual deberán emitir obligatoriamente una FCE las empresas, es de $299.555-.
¿Cuáles son los comprobantes alcanzados por este regimen?
Los comprobantes alcanzados por dicho regimen y su respectivo código son los siguentes:
¿Qué características específicas tienen las Facturas de Crédito Electrónica?
Estas tienen el mismo formato y similares características que las facturas electrónicas, pero deberán detallar las siguientes particularidades:
- Se deberá informar la fecha de vencimiento del pago y no podrá ser modificada. En el caso de ser erronea, el receptor pocederá a rechazar el comprobante.
- Al trasladarse y entregarse mercadería respaldada mediante un «Remito», este deberá ser informado en la factura obligatoriamente. Se podrán informar varios remitos a una misma factura, pero no vincular varias facturas a un mismo remito.
- Deberá emitirse con C.A.E. (Solicitud y autorización en línea), no obstante se incluirá el procedimiento especial de C.A.E.A. (Solicitud y rendición diferida). En el segundo caso, el comprobante electrónico deberá ser rendido dentro de las 24 hs de emitido.
- La fecha de vencimiento que se le otorgará al C.A.E. será la misma que la de emisión de la factura.
¿Cómo puedo emitir una FCE en GesDatta?
En nuestro blog encontrarás un instructivo Paso a Paso de cómo emitir una FCE desde nuestro Sistema:
👉 Emitir Factura de Crédito Electrónica MiPYMEs GesDatta
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